3.6. Seguridad

3.6. Seguridad Dataprix 3 Diciembre, 2009 - 10:33

El término seguridad se ha utilizado en diferentes sentidos a lo largo de la historia de la informática.

Actualmente, en el campo de los SGBD, el término seguridad se suele utilizar para hacer referencia a los temas relativos a la confidencialidad, las autorizaciones, los derechos de acceso, etc.
*Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.(BOE núm. 298, de 12/12/1999, págs. 43088-43099).

Estas cuestiones siempre han sido importantes en los SI militares, las agencias de información y en ámbitos similares, pero durante los años noventa han ido adquiriendo importancia en cualquier SI donde se almacenen datos sobre personas. Recordad que en el Estado español tenemos una ley*, que exige la protección de la confidencialidad de estos datos.

Los SGBD permiten definir autorizaciones o derechos de acceso a diferentes niveles: al nivel global de toda la BD, al nivel entidad y al nivel atributo.

Derechos de acceso
Por ejemplo, el usuario SECRE3 podría tener autorización para consultar y modificar todas las entidades de la BD, exceptoel valor del atributo nota de los alumnos, y no estar autorizado a hacer ningún tipo de supresión o inserción.

Estos mecanismos de seguridad requieren que el usuario se pueda identificar. Se acostumbra a utilizar códigos de usuarios (y grupos de usuarios) acompañados de contraseñas (passwords), pero también se utilizan tarjetas magnéticas, identificación por reconocimiento de la voz, etc.

Nos puede interesar almacenar la información con una codificación secreta; es decir, con técnicas de encriptación (como mínimo se deberían encriptar las contraseñas). Muchos de los SGBD actuales tienen prevista la encriptación.

Prácticamente todos los SGBD del mercado dan una gran variedad de herramientas para la vigilancia y la administración de la seguridad. Los hay que, incluso, tienen opciones (con precio separado) para los SI con unas exigencias altísimas, como por ejemplo los militares.